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    Proceso de desvinculación de un Trabajador

    La desvinculación de trabajadores es un proceso en el que se da fin a un contrato laboral, lo que significa el término de la relación profesional entre la empresa y el empleado.

    El artículo 162 del Código del Trabajo indica que todo empleador que quiera desvincular y/o terminar el contrato laboral con algún trabajador, deberá comunicarlo por escrito mediante una Carta de Despido que debe ser entregada presencialmente o enviada a través de correo certificado en los plazos que la Ley establece.

    ¿Cuáles son las causales legales para desvincular a un trabajador?

    A continuación te dejamos algunas de las causales legales que están contenidas en los artículos 159, 160, 161 y 163 del Código del Trabajo

    Según el Artículo 159:

    •  Acuerdo entre las partes de ponerle término. 
    • Vencimiento del plazo del contrato. 
    • Término del trabajo acordado. 
    • Caso fortuito o fuerza mayor.

    Según el Artículo 160: 

    • Conductas indebidas y graves del trabajador, tales como falta de probidad, conductas de acoso sexual, maltrato físico o verbal contra el empleador, entre otras.
    • Realizar negociaciones prohibidas en el contrato de trabajo.
    • No presentarse al trabajo y no justificar su ausencia por dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días en el mes.
    • Abandono del trabajo, como la salida intempestiva y/o la negativa a trabajar sin causa justificada
    • Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento.
    • Perjuicio material
    • Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato

    Según el Artículo 161:  

    1.- Necesidades de la empresa, establecimiento o servicio. 

    2.- Desahucio escrito del empleador.

    Según el Artículo 163 bis: 

    1.- Por haber sido sometido el empleador, mediante resolución judicial, a un procedimiento concursal de liquidación de sus bienes.

    Revisa las causales en detalle aquí del artículo 159, 160, 161 y 163 bis del Código del Trabajo.

    ¿Qué debe incluir una Carta de Despido?

    La carta de despido es de suma importancia, ya que es un documento que tiene valor legal y constituye la promesa irrevocable de pago; es imprescindible cuando se trata de la decisión unilateral por parte del empleador de proceder a la desvinculación de un trabajador. 

    1. Fecha y lugar de despido, además de la fecha de entrega de la carta.
    2. Los datos de la empresa y/o el empleador.
    3. Los datos del trabajador.
    4. Motivos del despido. (Debe incluir la causal de hecho como también la causal de derecho).
    5. Estado en que se encuentran las cotizaciones previsionales 
    6. Carta firmada o timbrada por la empresa.

    En el caso de que el empleador no entregue una carta de despido o de término de contrato, el despido puede ser declarado injustificado.

    ¿Cuál es el plazo para comunicar un despido o el término de prestación de servicios de un trabajador?

    En el caso de que la desvinculación del empleado esté comprendida en los artículos 159 y 160, el plazo de comunicación al afectado deberá ser de 3 días hábiles siguientes a la separación del trabajador. En caso de que la causa de despido sea por caso fortuito o fuerza mayor, el plazo de notificación será de 6 días hábiles siguientes.


    Cuando la causal sea por necesidad de la empresa, el aviso tendrá que darse con 30 días de anticipación. No se requerirá esta anticipación cuando el empleador pague al trabajador una indemnización sustitutiva de aviso previo.

    ¿Qué especificaciones debe cumplir el aviso de despido laboral?

    El empleador deberá informar al trabajador el estado de pago de sus cotizaciones previsionales pagadas al momento del despido, ya que según señala el artículo 162 y 177 del Código del Trabajo es total responsabilidad del empleador entregar dicha información. 

    Este procedimiento debe realizarse por escrito y deberá incluir los siguientes comprobantes: 

    • Cotizaciones de la AFP.
    • Cotización del 7% de la remuneración imponible para salud, la que podrá ser superior en el caso de los afiliados a ISAPRE.
    • Cotización para el seguro de desempleo.

    ¿Qué debe contener el Finiquito?

    Una vez el empleador haya informado al trabajador la causa del despido, deberá entregarle su finiquito donde ambas partes dejan constancia del término del contrato y obligaciones.

    Este documento debe quedar por escrito y ser autorizado por un ministro de fe (notario público) además deberá especificar los pagos que correspondan según la causal de despido y otros factores como por ejemplo días de vacaciones, antigüedad laboral, gratificaciones, entre otras. Este finiquito se deberá pagar dentro de 10 días hábiles contados desde el término de contrato.

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