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    Vacaciones Progresivas

    Todo trabajador, que sume diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tendrá derecho a un día adicional de vacaciones por cada tres nuevos años trabajados para el actual contratista, lo que se denomina como “Vacaciones Progresivas”.

    Para que este beneficio, exclusivo para trabajadores dependientes del sistema privado o público, sea efectivo, el empleado debe cumplir con los siguientes requisitos:

    • Ser trabajador dependiente.
    • Tener una base trabajada de 10 años, los cuales pueden ser continuos o no, con el mismo o distinto empleador.
    • Cumplir 3 años trabajando continuamente y cotizando con el mismo contratista.

    Ojo que si cambias de empleador, debes acumular otros 3 años para acceder al beneficio. 

    ¿Qué trámites debo realizar para hacer efectivo este día adicional de vacaciones?

    Los trabajadores que durante los 10 años prestaron servicios a distintos empleadores deberán acreditar dichos años mediante una certificación que justifique de manera fidedigna su trabajo realizado.

    En cuanto a los trabajadores que tuvieron un mismo empleador, deben utilizar su contrato de trabajo, además de cualquier otra documentación necesaria

    ¿Cuándo puedo ocupar este día de vacaciones adicional?

    Para hacer uso de este derecho, el empleado debe acreditar y justificar que tiene derecho a este feriado progresivo antes de tomar sus vacaciones normales de 15 días hábiles. En caso de que ya haya hecho uso de sus vacaciones perderá el beneficio por ese año. Sin embargo, se podrá hacer efectivo el año siguiente.

    ¿Se pueden acumular los días adicionales de vacaciones?

    Sí, cada 3 años irás acumulando 1 día de vacaciones adicional, siempre y cuando no exista un cambio de trabajo o empleador, ya que se pierde el beneficio. 

    En el caso de que no quieras hacer uso del día adicional otorgado podrás negociarlo con tu empleador y cambiarlo por un día pagado.

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